Realidad 01 · Discapacidad física y motora
Viajar en avión en silla de ruedas: qué ocurre realmente y qué falla
Personas usuarias de silla de ruedas, con amputaciones, parálisis o movilidad reducida en extremidades.
Viajar en avión en silla de ruedas implica hoy renunciar a la propia autonomía durante varias horas. En la puerta de embarque la silla se retira y baja a bodega; a partir de ahí, la persona depende de terceros para moverse, para sentarse y, si surge una emergencia, para salir del avión.
Qué ocurre desde la puerta de embarque
La silla propia no es un accesorio: está adaptada a un cuerpo, a una postura y a una condición médica concretas. Al retirarla, la persona es trasladada al asiento en una silla de a bordo estrecha, que no está adaptada a ella y que en vuelos largos puede provocar dolor, rozaduras o lesiones por presión.
Durante el vuelo, si necesita ir al lavabo, en la práctica no puede. Si hay una emergencia, no puede evacuar por sí misma. Y al aterrizar, la silla puede aparecer dañada, con el respaldo doblado o el motor golpeado, o directamente no aparecer.
¿Puedo viajar en mi propia silla de ruedas?
No con la flota actual. El Reglamento (CE) n.º 1107/2006 regula el acceso al avión, no el diseño del avión: no exige sistemas de anclaje, no fija dimensiones mínimas de lavabo accesible y no impone un espacio determinado para el asiento. Todo eso queda en manos del fabricante y de la configuración comercial que elija cada compañía.
Lo que sí obliga la norma. El anexo II del Reglamento (CE) n.º 1107/2006 impone a la compañía aérea el transporte gratuito de sillas de ruedas y equipos de movilidad, además del equipaje ordinario. Los artículos 7 y 8 y el anexo I atribuyen al gestor del aeropuerto la asistencia en tierra, sin coste para el pasajero, desde el punto de llegada designado hasta el asiento.
La silla dañada: por qué la indemnización se queda corta
El artículo 12 del Reglamento remite la pérdida o el daño de sillas de ruedas al régimen general de responsabilidad por equipaje, sujeto a los límites del Convenio de Montreal. Ese límite se fijó pensando en maletas, no en productos sanitarios a medida: una silla eléctrica adaptada puede costar varias veces esa cantidad, y su sustitución no es inmediata porque requiere medición y adaptación individual.
Mientras tanto, la persona se queda sin movilidad. Por eso una de las peticiones centrales de AeraAccess es un régimen específico de responsabilidad por equipos de movilidad, con reparación o sustitución equivalente y provisión de un equipo de reemplazo durante la reparación.
Una silla de ruedas no es una maleta. Es una prótesis de movilidad hecha a la medida de un cuerpo.
Cómo prepararse hoy, con la norma que hay
- Solicita la asistencia al comprar el billete y, en todo caso, con más de 48 horas de antelación (artículo 6).
- Indica el tipo de silla, si es manual o eléctrica, el tipo de batería y el peso, para evitar rechazos en facturación.
- Fotografía la silla antes de entregarla, con detalle de reposapiés, respaldo y mandos.
- Retira y lleva contigo en cabina los elementos frágiles y desmontables: cojín postural, joystick, reposacabezas.
- Si al llegar la silla está dañada, reclama por escrito antes de abandonar la zona de llegadas y conserva el parte de irregularidad.
Lo que esta realidad necesita: viajar en la propia silla con sistemas de anclaje seguros, asiento con espacio suficiente cuando no se use la silla, acceso real a un lavabo adaptado, y acompañante de apoyo gratuito cuando el grado de dependencia lo requiera.
Preguntas frecuentes sobre volar en silla de ruedas
¿Puedo viajar en mi propia silla de ruedas dentro del avión?
Hoy no. Ninguna aeronave comercial en servicio en la Unión Europea dispone de un sistema homologado de anclaje que permita permanecer en la silla propia durante el vuelo. La silla se factura y se traslada a bodega, y el pasajero es trasladado al asiento en una silla de a bordo. AeraAccess pide que la reforma del Reglamento (CE) n.º 1107/2006 incorpore estándares técnicos vinculantes de anclaje.
¿Cuánto cuesta transportar la silla de ruedas?
Nada. El anexo II del Reglamento (CE) n.º 1107/2006 obliga a las compañías aéreas a transportar sin coste adicional las sillas de ruedas y demás equipos de movilidad, además de la franquicia ordinaria de equipaje.
¿Cómo solicito la asistencia PMR?
A la compañía aérea, agencia u operador turístico con el que hayas comprado el billete, con al menos 48 horas de antelación respecto de la hora de salida publicada (artículo 6 del Reglamento). Conviene indicar el tipo de silla, si es manual o eléctrica, el tipo de batería y si necesitas asistencia hasta el asiento.
¿Qué hago si mi silla de ruedas llega dañada?
Reclama por escrito antes de salir de la zona de llegadas y solicita el parte de irregularidad de equipaje. El artículo 12 del Reglamento remite al régimen general de responsabilidad por equipaje, sujeto a los límites del Convenio de Montreal, que suelen quedar muy por debajo del coste real de una silla eléctrica adaptada. Si la respuesta de la compañía no es satisfactoria, la reclamación puede elevarse en España a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
¿Hay lavabo accesible a bordo?
Depende de la aeronave. En aviones de pasillo único —los que operan la mayoría de las rutas europeas y prácticamente todas las interinsulares— no suele existir un lavabo utilizable por una persona usuaria de silla de ruedas. El Reglamento no impone ninguna exigencia dimensional al respecto.
¿Tengo derecho a embarcar antes que el resto del pasaje?
El anexo I del Reglamento prevé la asistencia necesaria para embarcar, lo que en la práctica se traduce en embarque anticipado. No es una cortesía comercial: forma parte de la asistencia que el gestor aeroportuario debe garantizar.
Esto no se arregla vuelo a vuelo
Se arregla cambiando la norma que lo permite. Puedes respaldar la solicitud presentada ante el Parlamento Europeo.
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